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transparencia – Asistencia Social

Las acciones de la Dirección de Desarrollo Comunitario estarán dirigidas a personas y/o familias con domicilio permanente en la comuna de Santa María (al menos 6 meses de residencia comprobable), que se encuentran en estado de necesidad manifiesta por razones de precariedad económica y/o situación de vulnerabilidad social.

Requisitos para ser beneficiario de Ayuda Asistencial:

1) Para la obtención de los beneficios y subsidios establecidos en el presente reglamento, será requisito esencial, la previa calificación de vulnerabilidad socioeconómica que efectúe la Dirección de Desarrollo Comunitario.
La situación o calificación de vulnerabilidad y precariedad de las personas y/o grupos familiares serán calificadas, evaluadas y determinadas por él o la profesional Asistente o Trabajador Social, dependiente del Municipio, los cuales entre otros medios deberán utilizar las siguientes técnicas e instrumentos:

a) Entrevista personal, en profundidad con el o la solicitante de un apoyo asistencial, ya sea en oficina o terreno.

b) Antecedentes socioeconómicos expuestos al profesional.

c) Visita domiciliaria.

d) Otros que él o la profesional, estime pertinente para lograr establecer la verdadera situación de vulnerabilidad y precariedad de el o la solicitante.

2) Las acciones tendientes a entregar las ayudas y beneficios sociales contemplados en este reglamento, serán dirigidas a personas naturales y o grupos familiares con residencia permanente en la comuna y que se encuentran en situación de indigencia o necesidad manifiesta.

Enlace al Acto aprobatorio:
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